Vida Laboral

Calculadora de la cuota

Convenio especial con la Seguridad Social

Es la forma de seguir cotizando cuando ya no trabajas. Calcula lo que te costaría al mes según la base que elijas.

Actualizado el 24 de agosto de 2026

Cuánto te costaría al mes

Elige la base por la que quieres cotizar. El cálculo ocurre en tu navegador.

Entre la base mínima y el tope máximo de 2026.

La respuesta corta. El convenio especial te permite seguir cotizando por tu cuenta cuando ya no trabajas. Eliges una base, pagas tú la cuota entera, y esos meses cuentan para la jubilación, la incapacidad permanente y las prestaciones por muerte y supervivencia. No cubre el paro.

Cómo se calcula la cuota

Son dos sumandos, y el segundo es nuevo desde este año:

cuota = base × 28,30 % × 0,94  +  base × 0,90 %

El 28,30 % es el tipo de cotización por contingencias comunes del Régimen General, que es el que manda el convenio. El 0,94 es un coeficiente reductor, porque el convenio no cubre todas las contingencias: se aplica por no cubrir los subsidios de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y la lactancia, y nacimiento y cuidado de menor.

El 0,90 % es el mecanismo de equidad intergeneracional, y se paga desde el 1 de enero de 2026 en los convenios que cubren la jubilación. Es la razón por la que muchas cuentas que circulan por ahí salen algo más bajas que la nuestra.

El coeficiente no es una constante: lo fija cada año la orden de cotización. La propia orden del convenio especial (artículo 7.2.b) lo dice así. Este año es 0,94 para el convenio ordinario, pero hay modalidades con 0,77, 0,89 o 0,25, y podrían cambiar en enero.

Lo único que eliges tú es la base, entre la mínima y el tope máximo. Y ahí está la decisión de verdad: una base alta cuesta más al mes, pero sube tu base reguladora y por tanto tu futura pensión.

Ojo con la base mínima: no es la del Régimen General

Es un detalle que se equivoca mucho, y que puede dejarte fuera de una opción más barata de lo que creías. La base mínima que puedes elegir para el convenio especial no son los 1.424,40 € de la base mínima del Régimen General, sino la del tramo 1 de la tabla general de autónomos: 950,98 € al mes en 2026.

Con esa base, la cuota mínima ronda los 262 € al mes, no los 380 que salen si se parte de la base equivocada.

A quién le compensa de verdad

Te faltan años para la pensión

Estás cerca de la edad y no llegas a los 15 años mínimos, o no llegas a los que necesitas para el porcentaje que te interesa.

No cumples la carencia específica

Tienes años de sobra, pero ninguno dentro de los últimos 15. Sin 2 años ahí no hay pensión, por mucho total que tengas.

Quieres subir tu base reguladora

Los últimos años pesan mucho en el cálculo. Cotizar por una base alta en el tramo final puede compensar.

Y a quién no. Si te quedan muchos años de vida laboral por delante y esperas volver a trabajar, pagar el convenio suele ser tirar dinero: cotizarás igual cuando vuelvas. La cuenta sale cuando el tiempo se acaba, no cuando sobra.

Qué cubre y qué no

Contingencias del convenio especial ordinario
Sí cubreNo cubre
JubilaciónDesempleo (el paro)
Incapacidad permanenteIncapacidad temporal (la baja médica)
Muerte y supervivenciaRiesgo durante el embarazo
Servicios socialesAccidente de trabajo y enfermedad profesional

Lo del paro es importante y sorprende a mucha gente: los meses de convenio especial no generan derecho a prestación por desempleo.

De un vistazo: qué necesitas y cuánto tarda

1
Comprueba que cumples
Necesitas: 1.080 días cotizados en los doce años anteriores a la baja.
2
Presenta la solicitud
Necesitas: Cl@ve o certificado, o cita previa. Hay plazo desde la baja: no lo dejes.
3
Elige la base
La decisión que más pesa, y para siempre: fija la cuota y lo que suma a tu pensión.
4
Domicilia el pago
Necesitas: una cuenta bancaria. La cuota se gira todos los meses, sin excepción.
Suscribir el convenio especial

Cómo se solicita, paso a paso

  1. Comprueba que cumples

    En términos generales hace falta haber cotizado al menos 1.080 días en los doce años anteriores a la baja. Hay modalidades con requisitos propios.

  2. Presenta la solicitud

    En la sede electrónica de la Seguridad Social con Cl@ve o certificado, o presencialmente con cita previa. Hay plazo desde la baja, así que conviene no dejarlo.

  3. Elige la base

    Es la decisión que más pesa: determina la cuota que pagas y lo que suma a tu futura pensión.

  4. Domicilia el pago

    Las cuotas se pagan mensualmente. Dejar de pagar varios meses seguidos extingue el convenio.

Solicitarlo en la sede electrónica

Esta web no es la Seguridad Social. Es una guía independiente: explicamos los trámites y enlazamos siempre a la sede oficial para hacerlos. No tramitamos nada ni pedimos tus datos. La cuota exacta y los requisitos los fija la Tesorería al resolver tu solicitud.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el convenio especial con la Seguridad Social?

Es un acuerdo por el que sigues cotizando por tu cuenta aunque no estés trabajando. Pagas tú la cuota entera y esos meses cuentan para la jubilación y para otras prestaciones, como si estuvieras de alta.

¿Cuánto cuesta el convenio especial?

Depende de la base que elijas. La cuota es la base por el tipo de cotización (28,30 %) y por el coeficiente reductor (0,94), más un 0,90 % de la base por el mecanismo de equidad intergeneracional, que se paga desde 2026. Con la base mínima que admite el convenio, ronda los 262 € al mes.

¿A quién le compensa?

Sobre todo a quien está cerca de la jubilación y le faltan años, y a quien necesita cumplir la carencia específica de 2 años dentro de los últimos 15. También a quien quiere elevar su base reguladora en el tramo final de la carrera.

¿Quién puede firmarlo?

En términos generales, quien haya cotizado al menos 1.080 días en los doce años anteriores a la baja y cause baja en el régimen en el que estaba. Hay varias modalidades con requisitos propios.

¿Puedo darme de baja del convenio especial?

Sí, en cualquier momento. También se extingue automáticamente si vuelves a estar de alta por un trabajo o si dejas de pagar las cuotas durante varios meses seguidos.

¿El convenio especial sirve para cobrar el paro?

No. El convenio especial cubre jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia. No cotiza por desempleo, así que esos meses no generan derecho a paro.

Fuentes

Contenido revisado el 24 de agosto de 2026. Repasamos los datos de esta página de forma periódica: cómo lo hacemos.