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¿Cuándo me jubilo?

Dos datos y te decimos la edad exacta, la fecha y el porcentaje que te corresponde. Con las tablas de la Ley General de la Seguridad Social, no con estimaciones.

Actualizado el 24 de agosto de 2026

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La respuesta corta para 2026. Te jubilas a los 65 años si acreditas 38 años y 3 meses cotizados o más. Si no llegas, la edad ordinaria es de 66 años y 10 meses. Y para cobrar el 100 % de la base reguladora hacen falta 36 años y 6 meses.

La tabla oficial de la edad de jubilación

Es la disposición transitoria séptima de la Ley General de la Seguridad Social. Sube cada año hasta estabilizarse en 2027.

Edad ordinaria según el periodo cotizado · DT 7.ª LGSS
AñoEdad a la que te jubilas
2021 65 años con 37 años y 3 meses cotizados o más
66 años si tienes menos
2022 65 años con 37 años y 6 meses cotizados o más
66 años y 2 meses si tienes menos
2023 65 años con 37 años y 9 meses cotizados o más
66 años y 4 meses si tienes menos
2024 65 años con 38 años cotizados o más
66 años y 6 meses si tienes menos
2025 65 años con 38 años y 3 meses cotizados o más
66 años y 8 meses si tienes menos
2026 65 años con 38 años y 3 meses cotizados o más
66 años y 10 meses si tienes menos
2027 y siguientes 65 años con 38 años y 6 meses cotizados o más
67 años si tienes menos

Cómo se calcula el porcentaje

La pensión no es la base reguladora entera: es un porcentaje de ella, que depende de cuánto hayas cotizado. Se parte del 50 % con 15 años y a partir de ahí se suma por cada mes adicional.

Escala de porcentajes · DT 9.ª LGSS
PeriodoPrimeros mesesMeses siguientes
2013-2019 163 meses al 0,21 % 83 meses al 0,19 %
2020-2022 106 meses al 0,21 % 146 meses al 0,19 %
2023-2026 49 meses al 0,21 % 209 meses al 0,19 %
2027 en adelante 248 meses al 0,19 % 16 meses al 0,18 %
Porcentaje de la pensión según los años cotizados, escala de 2026 Con 15 años cotizados corresponde el 50 % de la base reguladora. El porcentaje sube deprisa durante los primeros 49 meses adicionales, al 0,21 % cada uno, y mucho más despacio después, al 0,19 %. El 100 % se alcanza a los 36 años y 6 meses. 50 % 60 % 70 % 80 % 90 % 100 % 0,21 %/mes 0,19 % por mes · unos 2,3 puntos por año 15 años → 50 % 36 años y 6 meses → 100 % 15 20 25 30 35 40 AÑOS COTIZADOS
Escala vigente en 2026. La relación es prácticamente lineal: cada año cotizado por encima de los 15 vale entre 2,3 y 2,5 puntos de pensión. Los primeros 49 meses van al 0,21 % mensual y el resto al 0,19 %, una diferencia de sólo el 10 % en la pendiente.

Lo útil de verlo dibujado es que la relación es casi lineal: cada año cotizado por encima de los 15 vale entre 2,3 y 2,5 puntos de tu pensión, y esa cifra apenas cambia a lo largo de toda la carrera. Los primeros 49 meses van algo más rápido, pero la diferencia entre los dos tramos es sólo del 10 %.

Para quien está decidiendo si aguantar un año más de trabajo, ése es el número: un año son unos 2,4 puntos porcentuales sobre la base reguladora, hasta llegar al 100 %.

2027 no es un ajuste, es un cambio de régimen. Desaparece el tramo del 0,21 % por mes y todo pasa al 0,19 %. A quien se jubile a partir de ese año le sale un porcentaje distinto con los mismos años cotizados. La calculadora aplica la tabla del año en que te jubilas, no la de hoy.

El mínimo que se le escapa a mucha gente

Para tener derecho a pensión contributiva hacen falta 15 años cotizados, que son 5.475 días. Pero hay una segunda condición que casi nadie recuerda:

Al menos 2 de esos años tienen que estar dentro de los 15 anteriores a la jubilación. Es la carencia específica. Quien cotizó veinte años y luego dejó de trabajar hace dos décadas puede encontrarse con que no cumple, pese a tener de sobra el total.

Si es tu caso, el convenio especial con la Seguridad Social es la vía habitual para seguir sumando.

Jubilarse antes: lo que cuesta

La edad ordinaria no es la única. Hay dos vías para adelantarla y las dos tienen precio.

Jubilación anticipada voluntaria

Como máximo dos años antes de tu edad ordinaria, con al menos 35 años cotizados y siempre que la pensión resultante supere la mínima que te correspondería. Se aplica un coeficiente reductor por cada mes de adelanto, que es mayor cuanto menos hayas cotizado y que se aplica de por vida: no desaparece al cumplir la edad ordinaria.

Jubilación anticipada por causa no imputable al trabajador

Hasta cuatro años antes, para quien cesa por despido u otras causas ajenas a su voluntad, con al menos 33 años cotizados y estando inscrito como demandante de empleo un tiempo mínimo. Los coeficientes son menores que en la voluntaria.

El coeficiente reductor es permanente. Es la confusión más cara del nicho: mucha gente cree que al llegar a la edad ordinaria la pensión «se recupera». No se recupera nunca.

Y al revés: la jubilación demorada

Retrasarla también tiene premio. Por cada año completo cotizado más allá de la edad ordinaria se puede elegir entre un porcentaje adicional sobre la pensión, una cantidad a tanto alzado, o una combinación de las dos. Se elige al solicitarla.

Preguntas que la calculadora no puede responder por ti

Hay cuatro situaciones que cambian tu fecha y que ninguna herramienta puede saber sin tu expediente:

Situaciones que modifican la edad ordinaria
SituaciónQué cambia
Coeficientes reductores por actividadCiertas profesiones (minería, mar, ferroviarios, bomberos, policías, artistas) rebajan la edad de jubilación en función del tiempo trabajado en ellas
DiscapacidadCon determinados grados y periodos, la edad puede adelantarse de forma significativa
Trabajo en el extranjeroLos periodos cotizados en la UE y en países con convenio pueden sumarse, pero no aparecen en tu vida laboral española
Beneficio por cuidado de hijosSe puede computar como cotizado un periodo por interrupción de la carrera por nacimiento o cuidado

Si estás en alguna, el número de arriba es un punto de partida y no la respuesta. El cálculo con tu expediente completo lo hace el INSS.

Lo que esta calculadora no hace

No te dice cuánto vas a cobrar, y es una decisión deliberada. El importe sale de tu base reguladora, que en 2026 se calcula con las 302 bases de cotización más altas de los últimos 304 meses. Esas cifras no aparecen en la vida laboral: están en un documento distinto, el informe de bases de cotización.

Ningún simulador que no tenga esos 302 datos puede darte un importe real. Los que lo hacen están estimando a partir de tu sueldo actual, y en una carrera de treinta años eso se puede desviar mucho.

Cómo funciona la base reguladora, y por qué desde 2026 se calcula por dos métodos a la vez.

Esta web no es la Seguridad Social. Es una guía independiente: explicamos los trámites y enlazamos siempre a la sede oficial para hacerlos. No tramitamos nada ni pedimos tus datos. Los cálculos siguen las tablas de la LGSS, pero la resolución la dicta el INSS con tu historial completo.

Preguntas frecuentes

¿A qué edad me puedo jubilar en 2026?

A los 65 años si acreditas 38 años y 3 meses cotizados o más. Si no llegas a ese periodo, la edad ordinaria en 2026 es de 66 años y 10 meses. Lo fija la disposición transitoria séptima de la Ley General de la Seguridad Social.

¿Cuántos años hay que cotizar para cobrar el 100 % de la pensión?

Con la escala vigente en 2026, 36 años y 6 meses. Se parte del 50 % con 15 años cotizados y se suma un 0,21 % por cada uno de los 49 primeros meses adicionales y un 0,19 % por cada uno de los 209 siguientes.

¿Qué cambia en 2027?

Dos cosas. La edad ordinaria pasa a 67 años (o 65 con 38 años y 6 meses cotizados) y, sobre todo, cambia el régimen del porcentaje: desaparece el tramo del 0,21 % por mes y todo pasa al 0,19 %, con un último tramo al 0,18 %. La calculadora ya aplica la tabla del año en que te jubilas, no la de hoy.

¿Cuál es el mínimo para tener derecho a pensión contributiva?
15 años cotizados (5.475 días), y de esos, al menos 2 años tienen que estar dentro de los 15 anteriores a la jubilación. Es la llamada carencia específica, y se le escapa a mucha gente que dejó de cotizar hace tiempo.
¿Esta calculadora me dice cuánto voy a cobrar?

No, y es a propósito. Para dar un importe harían falta las 302 bases de cotización mensuales más altas de los últimos 304 meses, que ni siquiera están en la vida laboral: están en el informe de bases de cotización. Preferimos decirte con exactitud cuándo y qué porcentaje antes que inventarte una cifra.

¿Puedo jubilarme antes de la edad ordinaria?

Sí, por dos vías. La anticipada voluntaria permite adelantar hasta dos años con al menos 35 años cotizados; la anticipada por causa no imputable (despido y otras causas ajenas) hasta cuatro, con 33 años. Las dos aplican un coeficiente reductor permanente: la pensión no se recupera al cumplir la edad ordinaria.

¿Compensa retrasar la jubilación?

Por cada año completo cotizado más allá de la edad ordinaria puedes elegir un porcentaje adicional sobre la pensión, una cantidad a tanto alzado, o una mezcla. Se decide al solicitarla, así que conviene pedir el cálculo de las dos opciones.

¿Cuenta lo que cotizé en otro país de la Unión Europea?

Sí, a efectos de acreditar los periodos mínimos: los reglamentos de coordinación europea permiten sumar los periodos cotizados en otros Estados. Pero no aparecen en tu vida laboral española, así que la calculadora no los ve. Hay que declararlos al solicitar la pensión.

¿Es verdad que puedo elegir entre 25 y 29 años para la base reguladora?

No exactamente. Entre 2026 y 2040 la Seguridad Social calcula tu base reguladora por los dos métodos y aplica de oficio el más favorable. No hay nada que elegir ni que solicitar: es automático. Casi toda la prensa lo cuenta como si fuera una opción del trabajador y no lo es.

Fuentes

Contenido revisado el 24 de agosto de 2026. Repasamos los datos de esta página de forma periódica: cómo lo hacemos.