Consulta del estado
Ver tu expediente de incapacidad permanente
Se consulta en la Sede Electrónica, en «Mis expedientes administrativos». Y desde septiembre de 2026 la resolución sólo llega por ahí, no en papel.
Actualizado el 24 de agosto de 2026
La respuesta corta. En la Sede Electrónica de la Seguridad Social, apartado «Mis expedientes administrativos», identificándote con Cl@ve, certificado digital o DNIe. Ahí ves en qué fase está y si ya hay resolución.
«Me ha llegado un SMS del INSS», qué significa
Es una de las búsquedas más frecuentes sobre esto, y la respuesta tranquiliza: el SMS de inicio de expediente no es una resolución ni una denegación. Es el aviso de que el procedimiento se ha puesto en marcha.
A partir de ahí, lo habitual es que te citen con el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), que emite un dictamen, y luego el INSS dicta la resolución.
Inicio del expediente
A instancia tuya, de la mutua, del servicio de salud o de oficio por el INSS.
Valoración
Reconocimiento médico y dictamen del Equipo de Valoración de Incapacidades.
Propuesta
El EVI propone grado o denegación.
Resolución
La dicta el INSS. Desde el 1 de septiembre de 2026 se notifica sólo por la sede electrónica.
Los plazos
El plazo máximo de resolución es de 135 días. Si transcurre sin resolución expresa, se entiende desestimada por silencio administrativo, y eso abre la vía para reclamar.
Cuando llegue la resolución, el reloj corre desde que está disponible en la sede, no desde que la abres. Con las notificaciones electrónicas por comparecencia, dejarla sin leer no gana tiempo: lo pierde. Cómo funciona.
Los grados, porque cambian todo lo demás
| Grado | Qué reconoce | Compatible con trabajar |
|---|---|---|
| Parcial | Una disminución no inferior al 33 % en el rendimiento de tu profesión habitual | Sí, incluso en la misma |
| Total | Inhabilita para tu profesión habitual, pero puedes dedicarte a otra | Sí, en otra profesión |
| Absoluta | Inhabilita para toda profesión u oficio | Con limitaciones estrictas |
| Gran invalidez | Absoluta más la necesidad de asistencia de otra persona | Con limitaciones estrictas |
El grado determina el importe, la compatibilidad con el trabajo y si hay revisiones futuras. Que el expediente esté «en trámite» no dice nada del grado que acabará reconociéndose.
Qué significa cada estado del expediente
En «Mis expedientes administrativos» aparece un estado, y su nombre no siempre es evidente:
- Iniciado o en trámite. El procedimiento está en marcha. No dice nada del sentido de la resolución.
- Pendiente de dictamen del EVI. Está esperando la valoración médica.
- Propuesta emitida. El Equipo de Valoración ya se ha pronunciado, pero la resolución todavía no está dictada.
- Resuelto. Hay resolución. A partir de aquí corren los plazos, se haya leído o no.
Si el estado pasa a resuelto, el reloj para reclamar ya está corriendo. Con la notificación electrónica el plazo cuenta desde que el documento está a tu disposición, no desde que lo abres.
Qué tiene que ver tu vida laboral
La incapacidad permanente derivada de enfermedad común exige un periodo mínimo de cotización, que varía según tu edad y el grado que se valore. Ese periodo se acredita con tu historial, es decir con tu vida laboral.
La derivada de accidente, sea laboral o no, y la de enfermedad profesional no exigen periodo previo de cotización.
Preguntas frecuentes
¿Cómo veo mi expediente de incapacidad permanente?
En la Sede Electrónica de la Seguridad Social, en el apartado «Mis expedientes administrativos», identificándote con Cl@ve, certificado digital o DNIe. Ahí figura en qué fase está tu procedimiento.
He recibido un SMS del INSS diciendo que se inicia un expediente de incapacidad, ¿qué significa?
Que el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha puesto en marcha el procedimiento para valorar si tu situación es constitutiva de incapacidad permanente. No es una resolución: es el aviso de que empieza el proceso. A partir de ahí te citarán con el Equipo de Valoración de Incapacidades.
¿Cuánto tarda un expediente de incapacidad permanente?
El plazo máximo de resolución es de 135 días, aunque en la práctica varía mucho según la provincia y la carga de trabajo. Si pasa el plazo sin resolución expresa, se entiende desestimada por silencio administrativo, lo que abre la vía para reclamar.
¿Cómo me van a notificar la resolución?
Desde el 1 de septiembre de 2026, sólo por la Sede Electrónica: se acabó el papel para estos procedimientos. Qué implica el cambio.
¿Qué papel juega mi vida laboral en esto?
Acredita si llegas a los periodos mínimos de cotización que exige cada grado de incapacidad. En la incapacidad permanente derivada de enfermedad común el periodo cotizado es un requisito; en la derivada de accidente, no.
Fuentes
- Mis expedientes administrativos · Sede Electrónica · Seguridad Social
- Incapacidad permanente · Seguridad Social
Contenido revisado el 24 de agosto de 2026. Repasamos los datos de esta página de forma periódica: cómo lo hacemos.