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¿Me alcanza para el paro?
Con los días que llevas cotizados te decimos si llegas al mínimo y cuántos meses de prestación te salen. Con la regla de los seis años, que es la que más se ignora.
Actualizado el 24 de agosto de 2026
Calcula tu prestación
Nada sale de tu navegador.
Sólo los de los últimos seis años. Cómo contarlos.
La media de tus bases de los últimos 180 días.
Determina los topes de la cuantía.
La respuesta corta. Hacen falta 360 días cotizados en los últimos seis años. Con eso salen 120 días de prestación, y por cada 360 días más se suman otros 120, hasta el tope de 720 días.
Cuánto te dura, de un vistazo
La regla es simple: por cada 360 días cotizados se generan 120 días de prestación, hasta el tope de 720. Lo que cuesta ver en una tabla es lo rápido que se llega al techo.
La tabla completa de tramos
| Días cotizados | Días de prestación | Equivale a |
|---|---|---|
| 360 a 539 | 120 | 4 meses |
| 540 a 719 | 180 | 6 meses |
| 720 a 899 | 240 | 8 meses |
| 900 a 1.079 | 300 | 10 meses |
| 1.080 a 1.259 | 360 | 12 meses |
| 1.260 a 1.439 | 420 | 14 meses |
| 1.440 a 1.619 | 480 | 16 meses |
| 1.620 a 1.799 | 540 | 18 meses |
| 1.800 a 1.979 | 600 | 20 meses |
| 1.980 a 2.159 | 660 | 22 meses |
| 2.160 o más | 720 | 24 meses |
La regla de los seis años, que es la que pilla a la gente
No cuentan los días cotizados de toda tu vida: sólo los de los últimos seis años. Alguien con treinta años cotizados que lleva siete sin trabajar no tiene derecho a la prestación contributiva, por mucho que su vida laboral sea larga.
Es la diferencia entre el total de tu informe y lo que de verdad se mira para el paro. Cuando cuentes, quédate sólo con los periodos que caen dentro de esa ventana.
Y ojo con lo mismo en la jubilación, donde hay una condición parecida: al menos 2 de los 15 años tienen que estar en los últimos 15.
Los tres requisitos, no sólo los días
Llegar a los 360 días es el que todo el mundo mira, pero hay tres y se exigen los tres a la vez:
-
Estar en situación legal de desempleo
Y esto es una lista cerrada, no una idea general. Entran el despido (de cualquier tipo), el fin de un contrato temporal, el fin del periodo de prueba a instancia de la empresa, un ERE o un ERTE, y la baja voluntaria por causa justificada, como un impago de salarios.
No entra la baja voluntaria sin causa. Si te vas tú porque quieres, no hay prestación, por muchos años que hayas cotizado.
-
Tener 360 días cotizados en los últimos seis años
Y sólo esos: los de antes de esa ventana no cuentan, aunque estén en tu vida laboral. Es la parte que explicamos abajo con más detalle porque es la que más gente descarta sin saberlo.
-
Estar inscrito como demandante de empleo y firmar el compromiso de actividad
La inscripción se hace en el servicio de empleo de tu comunidad autónoma; la solicitud de la prestación, en el SEPE. Son dos trámites distintos y hay que hacer los dos.
Y hay plazo: 15 días hábiles desde el cese. Si te retrasas no pierdes el derecho, pero sí los días que pasen: la prestación se cuenta desde la fecha en que deberías haberla pedido, no desde la que la pediste. Es dinero que no se recupera.
Cuánto se cobra
- Primeros 180 días: el 70 % de la base reguladora.
- A partir del día 181: el 60 %.
Pero el porcentaje casi nunca es el número final, y ésta es la parte que más sorprende: sobre el resultado se aplican unos topes mínimos y máximos que no dependen de lo que ganabas, sino del IPREM y de los hijos a cargo.
| Hijos a cargo | Mínimo | Máximo |
|---|---|---|
| Ninguno | 560,00 € | 1.225,00 € |
| Uno | 749,00 € | 1.400,00 € |
| Dos o más | 749,00 € | 1.575,00 € |
Por encima de cierto sueldo, cobrar más no sube el paro. Sin hijos a cargo el máximo son 1.225,00 € al mes: da igual que tu base fuera de 2.000 € o de 4.000 €, la prestación es la misma. Es la razón número uno por la que la gente calcula el 70 % de su base y luego cobra bastante menos.
Los porcentajes son del artículo 270.2 de la Ley General de la Seguridad Social y los topes del 270.3: el 175 % del IPREM sin hijos, el 200 % con uno y el 225 % con dos o más; y un mínimo garantizado del 80 % sin hijos y del 107 % con ellos. Todo sobre el IPREM mensual incrementado en una sexta parte, que es el matiz que se salta casi todo el mundo.
Y ojo con dos cosas más: los importes de arriba son brutos (de ahí salen todavía el IRPF y tu parte de la cotización), y si tu empleo era a tiempo parcial los topes se prorratean según las horas trabajadas.
El cálculo exacto lo hace el simulador oficial del SEPE, que además no pide identificarse.
Si no llegas a los 360 días
No es el final del camino. Con menos de un año cotizado la vía es el subsidio por cotización insuficiente, que es otra prestación con reglas propias:
| Tu situación | Cotización mínima | Duración orientativa |
|---|---|---|
| Con responsabilidades familiares | 3 meses | Va por tramos según los meses cotizados |
| Sin responsabilidades familiares | 6 meses | 6 meses |
El subsidio no funciona como la prestación contributiva: no depende de tu base de cotización sino del IPREM, y tiene un requisito de carencia de rentas que la contributiva no tiene. Es decir, se puede tener derecho a la contributiva ganando lo que sea y no tenerlo al subsidio.
Los cuatro errores que dejan a gente sin cobrar
1. Contar los días de toda la vida laboral
Es el más común y ya lo hemos dicho: sólo cuentan los últimos seis años. Cuando sumes, tacha todo lo anterior a esa fecha.
2. No mirar la causa del cese en el certificado de empresa
Si la empresa consigna «baja voluntaria» cuando en realidad hubo un despido, el SEPE deniega la prestación. Pasa más de lo que debería, y se reclama. Cómo consultar el certificado antes de que te lo denieguen.
3. Olvidar que el paro anterior ya consumió cotizaciones
Los días de prestación que cobraste alguna vez no se vuelven a generar con las mismas cotizaciones. Para la nueva prestación cuentan los días cotizados posteriores a la última que te reconocieron.
4. Pasarse de los 15 días hábiles
El plazo corre desde el cese, o desde el fin de las vacaciones no disfrutadas si las hay. Cada día de retraso es un día menos de prestación.
Lo que tu vida laboral te dice y lo que no
Para esta cuenta, la vida laboral te da los días y las fechas, que es la mitad del problema. Lo que no te da:
- Tus bases de cotización, que determinan la cuantía. Están en el informe de bases.
- La causa del cese de cada contrato, que decide si hay derecho. Está en el certificado de empresa.
- Las prestaciones que ya cobraste, que descuentan de la bolsa. Eso lo tiene el SEPE.
Por eso el cálculo definitivo lo hace el SEPE, y por eso esta calculadora te dice si llegas y cuánto te dura, que es lo que sí se puede saber con los días.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días hay que cotizar para cobrar el paro?
¿Cuánto dura el paro según los días cotizados?
Se generan 120 días de prestación por cada 360 cotizados, con un tope de 720 días (dos años), que se alcanza con 2.160 días cotizados, o sea seis años.
¿Cuentan los días cotizados de toda mi vida?
No, y es lo que más se ignora. Sólo cuentan los últimos seis años. Alguien con treinta años cotizados que lleva siete sin trabajar no tiene derecho a la prestación contributiva por mucho que su vida laboral sea larga.
¿Cuánto se cobra de paro?
El 70 % de la base reguladora los primeros 180 días y el 60 % a partir del día 181, pero con topes: sin hijos a cargo el máximo son 1.225 € al mes y el mínimo 560 €. Con dos o más hijos, 1.575 € y 749 €. Por eso quien tenía un sueldo alto cobra bastante menos del 70 % que había calculado.
¿Y si no llego a los 360 días?
Puede corresponderte el subsidio por cotización insuficiente, que es otra prestación: se pide con 3 meses cotizados si tienes responsabilidades familiares, o con 6 si no las tienes. Los requisitos son distintos y depende de tus rentas.
¿El tiempo cobrando el paro consume mis días cotizados?
Sí: los días de prestación que consumes se descuentan de tu bolsa. Pero mientras cobras, el SEPE cotiza por ti para la jubilación, así que ese periodo sí suma en tu vida laboral.
¿Cuentan los días de un contrato a tiempo parcial?
Desde la reforma de 2023, para el acceso a la prestación cada día de alta con contrato a tiempo parcial cuenta como un día completo. Lo que sí baja con la jornada reducida es la cuantía, porque tus bases de cotización fueron menores.
Me despidieron pero puse baja voluntaria en el certificado, ¿puedo cobrar?
No con esa causa. La baja voluntaria no es una situación legal de desempleo. Si la causa que consta en el certificado de empresa no es la real, hay que reclamarla: es uno de los errores que más deja a gente sin prestación.
¿Puedo cobrar el paro si me voy al extranjero?
Se puede exportar la prestación dentro de la Unión Europea durante un tiempo limitado, previa autorización y con condiciones. Fuera de la UE, salir de España más de los días permitidos suspende el cobro.
¿Y si cobré el paro hace años, se descuenta?
Los días de prestación que ya consumiste no se vuelven a generar con las mismas cotizaciones. Cuentan sólo los días cotizados posteriores a la última prestación reconocida, siempre dentro de los últimos seis años.
¿Cuándo tengo que solicitarlo?
Dentro de los 15 días hábiles siguientes al cese. Si te retrasas no pierdes el derecho, pero sí pierdes los días que pasen: la prestación se descuenta desde la fecha en que deberías haberla pedido.
Fuentes
- LGSS, artículo 269 · duración de la prestación · Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
- Prestación contributiva por desempleo · Servicio Público de Empleo Estatal
- Programa de autocálculo de prestaciones · Sede electrónica del SEPE
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